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Carácter de Asociado

 

ARTICULO 9. - Tendrán carácter de asociados las personas naturales que firmaron el acta de constitución, así como las que hayan sido y sean admitidas por el Consejo de Administración a partir de su primer aporte social a la Entidad.

ARTICULO 10. - Para ser admitido como asociado de la cooperativa se requiere:

1. Estar vinculado académicamente a la Universidad Peda­gógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), acreditando el carné vigente, como estudiante de Administración de Em­presas.

2. Acreditar un curso de Educación Cooperativa de veinte (20) horas mínimo, dictado por una persona autorizada oficialmente para tal fin.

3. Presentar solicitud escrita al Consejo de Administración.

4. Pagar la cuota de Admisión correspondiente al 2% del salario mínimo mensual legal vigente, valor no reembolsa­ble.

5. Pagar los aportes sociales fijados en los presentes estatutos cuyo monto será de un 5% de salario mínimo legal vigente, pagaderos en dos cuotas; una del 60% y el restante 40% a un plazo de un mes a partir de la fecha de vinculación.

PARÁGRAFO.- El Consejo de Administración reglamentará y considerará lo no previsto en la presente norma en cuanto al carácter de asociado. Así mismo considerará las solicitu­des presentadas y diligenciadas dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su presentación, de lo cual quedará constancia en el Acta de la respectiva reunión.

 

 

Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia

DIN  UPTC Tunja - Relaciones Internacionales UPTC

CDE UPTC Tunja  -Grupo Laboratorio Empresarial + Grupo D Colciencias 

Coolíderes *

Tel: 098 7407936

Director Proyecto de Investigación 

Equipo de Investigación: L En Menú Investigación

Ultima Actualización 2002/08/15.