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ARTICULO 11. - Serán derechos
fundamentales de los asociados:
1. Utilizar los servicios de
la Cooperativa de acuerdo con las operaciones
propias de su objeto social.
2. Participar en las
actividades de la Cooperativa y en su
administración, mediante el desempeño de los
cargos sociales.
3. Ser informado de la gestión
de la Cooperativa de acuerdo con las
prescripciones estatutarias.
4. Ejercer actos de decisión y
elección en la Asamblea General.
5. Fiscalizar la gestión de la
Cooperativa.
6. Retirarse voluntariamente
de "COOLIDERES siempre y cuando su retiro se
ajuste a los requerimientos fijados en los
presentes estatutos y reglamentos de la
Entidad.
7. Presentar por escrito a los
organismos competentes quejas, reclamos,
sugerencias y proyectos debidamente
fundamentados.
8. Participar en los programas
de educación cooperativa que organice la Entidad y
en los que ésta sea invitada.
PARÁGRAFO.- El ejercicio de
los derechos estará condicionado al
cumplimiento de los deberes y siempre que se
enmarquen dentro de las normas cooperativas.
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